Una buena opción es tener un plande ahorro individual PIAs, cuyo objetivo es ahorrar poco a poco con el fin de tener un complemento a nuestros ingresos en el futuro. Es un producto que se encuentra entre el plan de pensiones y los seguros.
Los PIAs están regulados por la ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su título VIII, articulo 108 y son un producto líquido con una gran ventaja sobre los planes de pensiones, el importe puede rescatarse cuando nos haga falta, total o parcial y sin penalizaciones, aunque si se rescata antes de los 10 años no se podrá disfrutar de la ventaja fiscal de constituir una renta vitalicia.
Algo también muy importante es que si transcurren un mínimo de 10 años desde la primera aportación y se utilizan para una renta vitalicia, la rentabilidad quedará exenta de tributación.
Al año, el límite de aportación puede ser de 8.000€ y el acumulado no podrá sobrepasar los 240.000€ por lo que te recomendamos que hagas ingresos periódicos, de 300€/mes por ejemplo.
Otra ventaja que tiene este producto es que tiene cobertura en caso de fallecimiento, pasando a cobrar los beneficiarios que hayas destinado el ahorro que haya acumulado hasta el momento, más un 5% del capital adicional (con un máximo de 601€).
Además losPIAs son compatibles con otros productos de ahorro así que son una gran opción para empezar a pensar en el futuro y respirar tranquilo dentro de unos años, ¿no te parece?
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