La reforma laboral que está preparando el futuro presidente del gobierno español, Mariano Rajoy, está basada en las 71 enmiendas parciales del Partido Popular, que presentó durante los trámites de la reforma laboral del 2010 y que fueron rechazadas en su inmensa mayorÃa por el gobierno (PSOE), CIU y PNV.
Un poco más abajo resumiremos los cinco puntos más importantes de los que están compuesto la reforma laboral del PP, aunque si sabemos que el modelo austriaco está presente en distintos parámetros, como no pagar parte de la indemnización de los despidos por parte del Fogasa, proponiendo en su lugar un fondo de capitalización sobre el despido (modelo austriaco).
El primer punto de la reforma laboral es la: “Flexibilidad Interna”, basada en la enmienda del 2010 del PP para modificar los artÃculos 22 y 39 del Estatuto de los Trabajadores, para que los trabajadores puedan desempeñar distintas funciones dentro de la empresa, algo que afecta muy especialmente al sector de la hostelerÃa (movilidad laboral).
Otro de los puntos fuertes en este apartado es la simplificación de las condiciones para que el empresario pueda suspender un contrato o reducir la jornada laboral para adecuarse a las causas económicas del momento, de manera técnica u organizativa, permitiendo adaptarse a las necesidades y contemplando el despido como la última opción.
Una de las enmiendas contemplaba que el empresario tendrÃa que comunicar al trabajador la nueva situación con 30 dÃas de antelación y si el trabajador no la aceptara podrÃa rescindir su contrato con una indemnización de 20 dÃas por año trabajado.
Una de las enmiendas contemplaba que el empresario tendrÃa que comunicar al trabajador la nueva situación con 30 dÃas de antelación y si el trabajador no la aceptara podrÃa rescindir su contrato con una indemnización de 20 dÃas por año trabajado.
Punto 2 de la reforma laboral:
Las más de cuarenta formas y maneras de contratos laborales existentes en el mercado español se simplificarÃan, impulsado el contrato de fomento del empleo estable (33 dÃas por año trabajado en caso de despido), una rebaja de 3 meses a 15 dÃas el periodo para estar inscrito un desempleado en los servicios públicos de empleo (antiguo inem) para firmar ese tipo de contrato.
Las más de cuarenta formas y maneras de contratos laborales existentes en el mercado español se simplificarÃan, impulsado el contrato de fomento del empleo estable (33 dÃas por año trabajado en caso de despido), una rebaja de 3 meses a 15 dÃas el periodo para estar inscrito un desempleado en los servicios públicos de empleo (antiguo inem) para firmar ese tipo de contrato.
Punto 3: “Descuelgue de los Convenios”.
En esta parte se darÃa más fuerza a los convenios de empresa sobre los territoriales o sectoriales, cuando no haya acuerdo entre la empresa y los trabajadores, siendo en esta situación cuando la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos quien autorice el descuelgue y determinen las nuevas condiciones de trabajo. Esta comisión está formada por CEOE, técnicos de Trabajo y Sindicatos.
En esta parte se darÃa más fuerza a los convenios de empresa sobre los territoriales o sectoriales, cuando no haya acuerdo entre la empresa y los trabajadores, siendo en esta situación cuando la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos quien autorice el descuelgue y determinen las nuevas condiciones de trabajo. Esta comisión está formada por CEOE, técnicos de Trabajo y Sindicatos.
La segunda situación del punto 3 propone que sin necesidad de denuncia y con acuerdo en las partes negociadoras, las condiciones de los convenios colectivos puedan revisarse de una manera natural y con paz social.
Punto 4: “Intermediación”
Una agilización en la manera de contratación de la empresa de Trabajo Temporal (ETT) para intentar mediar entre empresas y trabajadores, suprimiendo los problemas existentes en la Ley de Contratos del Sector Publico, en la que se limita al Estado a contratar directamente a las ETT, con la excepción de cuando se necesite personal con carácter eventual para la realización de servicios como encuestas, toma de datos y servicios similares.
Una agilización en la manera de contratación de la empresa de Trabajo Temporal (ETT) para intentar mediar entre empresas y trabajadores, suprimiendo los problemas existentes en la Ley de Contratos del Sector Publico, en la que se limita al Estado a contratar directamente a las ETT, con la excepción de cuando se necesite personal con carácter eventual para la realización de servicios como encuestas, toma de datos y servicios similares.
Punto 5: “Formación”.
Basándose en el método alemán se compaginarÃan estudios con prácticas en empresas, proponiendo un mÃnimo de 20 horas anuales de formación por trabajador. De esta manera se conseguirÃa un ahorro cercano a los 4.000 millones que se destinan en formación y que no han servido de nada, al ser las empresas quien costeara la formación de sus empleados y las nuevas contrataciones.
Basándose en el método alemán se compaginarÃan estudios con prácticas en empresas, proponiendo un mÃnimo de 20 horas anuales de formación por trabajador. De esta manera se conseguirÃa un ahorro cercano a los 4.000 millones que se destinan en formación y que no han servido de nada, al ser las empresas quien costeara la formación de sus empleados y las nuevas contrataciones.
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